“Solo las universidades tienen los estándares de acreditación que garantizan que la salud de las personas sea profesionalmente atendida”
Viernes 16 de mayo de 2014. El vocero y Presidente de las Universidades Estatales, Rector Aldo Valle, señaló como un deber que las carreras de salud sean exclusivamente universitarias luego…

Viernes 16 de mayo de 2014. El vocero y Presidente de las Universidades Estatales, Rector Aldo Valle, señaló como un deber que las carreras de salud sean exclusivamente universitarias luego del rechazo por unanimidad de la Comisión de Educación del Senado del texto legal aprobado por la Cámara de Diputados que otorgaba exclusividad universitaria a dos carreras del área de la Salud, excluyendo a otras cinco que también exigían ser impartidas sólo en universidades.
“Resulta contradictorio que cuando el país está haciendo un esfuerzo por mejorar la calidad de la educación superior se pretenda sacar estas carreras del ámbito de acción universitario. No se trata solamente de habilitar a alguien con un título, sino de entregar una formación sólida y compleja que solo puede entregar el mundo universitario con los estándares de excelencia necesarios para quienes cumplen con la alta responsabilidad social como es trabajar con seres humanos”, explicó el Presidente de las Ues estatales.
Aldo Valle reiteró su mensaje aduciendo a que el Código Sanitario es muy preciso en exigir contratar funcionarios de la salud que tengan la licenciatura, grado que en Chile sólo lo otorgan las universidades. “Las siete carreras de la salud que quedaban fuera del proyecto deben ser exclusivamente universitarias porque en la atención de la salud pública no se puede improvisar y solo las universidades tienen los estándares de acreditación que garantizan que la salud de las personas estará profesionalmente atendida”.
El proyecto de ley original buscaba otorgar ese rango a siete carreras. Sin embargo, la Cámara de Diputados lo aprobó sólo para Enfermería y Obstetricia, dejando fuera Kinesiología, Nutrición, Fonoaudiología, Tecnología Médica y Terapia Ocupacional.
Tras el rechazo del texto, el proyecto llegará a la sala del Senado con el informe desfavorable de la comisión y, de confirmarse dicha opinión desfavorable, debería conformarse una comisión mixta para mejorar el proyecto.
El proyecto de ley establece modificar el artículo 52 de la Ley Orgánica Constitucional de Educación (L.O.C.E.), incorporando estas carreras a la nómina de títulos profesionales que requieren de licenciatura previa para su otorgamiento.
Fuente: Comunicaciones Consorcio de Universidades del Estado de Chile