Académicas se refieren a los desafíos en igualdad de género, derechos de infancia y minorías
Docentes de Derecho UV se refirieron a cómo estas materias deberían ser reguladas en una eventual nueva carta fundamental. Ad portas de la realización del plebiscito del 25…

Docentes de Derecho UV se refirieron a cómo estas materias deberían ser reguladas en una eventual nueva carta fundamental.
Ad portas de la realización del plebiscito del 25 de octubre, continúa el debate respecto a los temas que deberían o no integrar una nueva constitución, en el caso de que se imponga la opción apruebo durante la histórica jornada.
En esta línea, las profesoras de la Escuela de Derecho Alejandra Zúñiga y Marcela Aedo se refirieron a los desafíos de la eventual nueva carta fundamental en materias de igualdad de género, derechos de infancia y minorías, ámbitos en los que cada una tiene una larga trayectoria a nivel investigativo.
Igualdad de género
Alejandra Zúñiga destacó que “en principio, una nueva constitución debiera garantizar el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres, para lo que es necesario no solo garantizar los mismos derechos, sino que el estado promueva la realización efectiva y real de la igualdad de derechos impulsando la eliminación de las desventajas históricas. Esto exige promover la igualdad de derechos y obligaciones entre mujeres y hombres dentro de la familia en relación con las tareas domésticas y el cuidado de los hijos. La acción permanente del estado debe instar a la modificación de los patrones socioculturales de conducta que mantienen estereotipos, prejuicios y prácticas basadas en la idea de inferioridad o superioridad de algunos de los sexos. Además, el estado deberá instaurar medidas efectivas contra la explotación de género originada por la transferencia a los hombres de los frutos del trabajo de cuidado gratuito de los niños, enfermos y ancianos que hacemos las mujeres. Las tareas de cuidado son obligación de toda la sociedad y quienes las realizan deben ser remunerados y compensados por el estado por las pérdidas de bienestar que ello les signifique”.
“En ese mismo sentido, una nueva constitución debiera instar medidas de acción positiva que permitan alcanzar la mayor igualdad posible efectiva, incluyendo las leyes de cuotas y considerando los estándares de temporalidad, proporcionalidad y afectación. Se trata de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre hombres y mujeres que no se considerarán discriminación arbitraria. Junto con esto, la nueva carta fundamental debiera asegurar derechos sexuales y reproductivos a todas las personas, es decir, el derecho a decidir libre y responsablemente el número y espaciamiento de los hijos, de vivir una sexualidad sana, sin riesgos para la salud, y de tener la información, educación y medios para hacerlo. Finalmente, debe garantizar que ninguna mujer sea puesta en peligro por causa de su embarazo o parto, así como que ninguna mujer sea objeto de prácticas como el embarazo forzado, la esterilización o el aborto forzado. Se debe garantizar la interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones que disponga la ley”, cerró.
Derechos de infancia y minorías
Marcela Aedo explicó que “en el caso de la infancia y las minorías -como pueblos originarios, diversidad sexual y migrantes-, nuestro derecho, y por supuesto nuestra constitución, debiese asegurar una especial protección a todos estos grupos, y ésta se debe reflejar en dos momentos: en el proceso constituyente y a nivel de los derechos que se reconozcan en el momento final del proyecto constituyente, de la constitución”.
“Es importante que en relación al proceso de participación en el proceso constituyente respecto de todos estos grupos se busque la manera de asegurar su efectiva participación. En el caso de la infancia se puede tomar en cuenta el caso de Brasil, que a nivel latinoamericano ha sido el primer país que ha reconocido la calidad de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho, no como objetos, sino como un sujeto que tiene la capacidad de expresarse, dar su opinión y ser reconocido como una persona. Niños y niñas participaron en el proceso brasileño, se hicieron encuentros, marchas pacíficas y campañas de comunicación en las que sectores del empresariado cedieron minutos de su publicidad para dar a conocer los derechos de la infancia, y creo que es importante que, de alguna manera, el proceso constituyente chileno también le pueda dar voz a este grupo. Además, la constitución debería reconocer expresamente que los niños niñas y adolescentes son sujetos de derecho, y que el estado, la sociedad, la familia, las organizaciones, entre otros, deben tender a la especial protección de la infancia”, detalló.
En el caso de grupos minoritarios como los inicialmente mencionados, destacó que “también debe estar garantizada su participación, por ejemplo, a través de lo que se ha denominado escaños reservados en el proceso constituyente, así como se logró la paridad entre hombres y mujeres. ¿Y por qué es tan importante que participen? Porque quién mejor que los propios grupos puede luchar por que en la constitución se reconozcan expresamente sus derechos, en base a sus particularidades y problemáticas”.
“En el caso de los pueblos originarios se debiese garantizar el carácter de estado plurinacional, como lo tienen otros países, como Ecuador. Es un mínimo desde el cual debiera partir nuestra constitución, es algo que debemos como estado. Respecto a migrantes y disidencias sexuales, debiésemos contar con dos elementos que ya tenemos en la constitución: el principio de igualdad y no discriminación, y la cláusula que permite de manera obligatoria considerar los tratados internacionales sobre derechos humanos. Hoy la cláusula de igualdad y no discriminación protege a grupos minoritarios, pero sería interesante que se desarrollaran marcos normativos respecto de estos, que me parece que van a ir en leyes especiales que se van a inspirar en este principio. Me parece que eso es un debate que se debe dar. La carta fundamental vigente establece una garantía básica que debe mantenerse, pero debiese ir un poco más allá: establecer expresamente esta protección especial a grupos que están en situación de vulnerabilidad o grupos de estas minorías y, luego, en función de este marco normativo de la constitución, dictar leyes particulares”, cerró.